
CONCILIACION
AUDIENCIA Y CONCILIACION
Antes de demandar hay que conciliar
La reforma laboral establece la obligación de personas trabajadoras y empleadoras de asistir a una audiencia de conciliación antes de iniciar un juicio ante el tribunal laboral
BENEFICIOS DE LA CONCILIACION
ORIENTACION Y ASESORIA
CELEBRACION Y RATIFICACION DE CONVENIOS
Es un mecanismo para solucionar controversias laborales
Se evita el desgaste que puede generar un juicio laboral
Es un procedimiento eficiente que se concluye en un máximo de 45 días naturales
Se dan a conocer los alcances de la conciliación así como las excepciones previstas en la normatividad aplicable
Existen casos de excepción a la conciliación previstos en el Art. 685 Ter de la Ley Federal del Trabajo los cuales pueden iniciarse directamente ante los tribunales competentes
En caso de llegar a un acuerdo entre personas trabajadoras y empleadoras se asesora a las partes a realizar una ratificación de convenio ante el centro de conciliación laboral