
CONCILIACION
AUDIENCIA Y CONCILIACION
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Antes de demandar hay que conciliar
La reforma laboral establece la obligación de personas trabajadoras y empleadoras de asistir a una audiencia de conciliación antes de iniciar un juicio ante el tribunal laboral ​
BENEFICIOS DE LA CONCILIACION
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ORIENTACION Y ASESORIA
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CELEBRACION Y RATIFICACION DE CONVENIOS
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Es un mecanismo para solucionar controversias laborales
Se evita el desgaste que puede generar un juicio laboral
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Es un procedimiento eficiente que se concluye en un máximo de 45 días naturales
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Se dan a conocer los alcances de la conciliación así como las excepciones previstas la normatividad aplicable
Existen casos de ​excepción a la conciliación previstos en el Art. 685 Ter de la Ley Federal del Trabajo los cuales pueden iniciarse directamente ante los tribunales competentes
En caso de llegar a un acuerdo entre personas trabajadoras y empleadoras se asesora a las partes a realizar una ratificación de convenio ante el centro de conciliación laboral